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                         CODIGO PENAL FEDERAL
CAPITULO V
FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES Y EN INFORMES DADOS A UNA AUTORIDAD

Artículo 247.- Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de cien a trescientos días.

 
 
 


VICTOR MANUEL RAMOS PEREZ ---------- VS ---------- JUVENAL HERNANDEZ LLANOS

MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

PROMOCION INICIAL

C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.

VICTOR MANUEL RAMOS PEREZ
mexicano, mayor de edad, publicista, señalando como domicilio convencional en los términos del artículo 1069 del Código de Comercio, para oir y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Colón 215 B Despacho 2 Edificio ROSA Zona Centro Tampico, Tamps., Tel: 833 190.03.44, autorizando para recibirlas al Licenciado en Derecho, Lic. Juan Jorge Olvera Reyes, Martín Antonio Ortíz Olguín y/o estudiantes de derecho, Rodolfo Almaguer Ramírez, Arianna Liliana Meza del Angel, Silvia Cruz, Enoch González González, Milton Moctezuma Vega, Carlos Riestra Rodriguez, Jesús del Angel Castillo, María Eugenia Castro ante usted con el debido respeto comparezco a exponer:

Con fundamento en el artículo 1162 del Código de Comercio promuevo medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil en contra del Sr. Juvenal Hernández Llanos, quien puede ser notificado en Ejido Medrano, Calle Guzmán s/n en contra esquina de tele secundaria "Jesús Ramírez Palacios" en Altamira Tamaulipas, para el efecto de que comparezca ante esta H. Juzgado a declarar bajo protesta de decir verdad, respecto de los servicios prestados por el suscrito VICTOR MANUEL RAMOS PEREZ durante su campaña política como candidato a Presidente Municipal de Ciudad Altamira Tamps. bajo los apercibimientos señalados en el artículo 1164 del Codigo de Comercio., fundándome para ello en los siguientes hechos:

HECHOS:

1. Soy propietario de la negociación denominada VIRA multimedia, ubicado en calle Hidalgo 411 nte, Colonia Unidad Nacional en Ciudad Madero Tamaulipas, con teléfono 833 210.07.81; con Registro Federal de Contribuyentes RAPV780922I77, dedicándonos a la producción de publicidad en sus diversas modalidades.

2. Me fué solicitado el servicio de producción de publicidad, para el Sr. Juvenal Hernández Llanos entonces precandidato a la Presidencia Municipal de Altamira, misma que se llevó desde a mediados de septiembre de 2004 hasta la primera semana de noviembre de 2004, es decir una semana antes de las elecciones para presidente municipal de Altamira Tamaulipas., mismas que se llevaron a cabo el día 14 de noviembre del año 2004.

3. Toda vez que aún no han sido cubiertos los servicios prestados por el suscrito por concepto de producción de la estrategia publicitaria, consultoría, producción y dirección de campaña de televisión y de radio, diseño de imagen, elaboración personalizada de discurso, textos de spots y mercadotecnia política, utilización de equipo técnico como estudio de grabación, sala de edición no lineal, pagina web de internet que incluía diseño, navegación, textos, escaneo y correción de fotografias, compresión de videos y actualizaciones, compra de dominio y espacio suficiente (hosting) para exhibir spots en internet, instalación en Cablenext, propuesta política, estrategia de medios, asesoria diaria, mapas y material gráfico, grabación en locación, mapa regional de Altamira Tamaulipas y material gráfico, que en total asciende a la cantidad de $1'110,000.00 (UN MILLON CIENTO DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.). Se anexan documentos a esta promoción, en las que se incluye el material elaborado descrito anteriormente en beneficio del Sr. Juvenal Hernández Llanos, en ellos contiene los servicios prestados por el suscrito con los que se justifican los Medios Preparatorios a Juicio Ejecutivo Mercantil solicitados.

4. En consecuencia solicito se cite al Sr. Juvenal Hernández Llanos para el efecto de que comparezca ante este H. Juzgado a declarar bajo protesta de decir verdad, respecto de los hechos narrados en este escrito al tenor del pliego de posiciones que en sobre cerrado se anexa al presente escrito, bajo los apercibimientos señalados en el artículo 1164 del Código de Comercio.

EXHIBICION DE DOCUMENTOS:

I.- DOCUMENTAL PRIVADA.-
Consistente en impresión de la página web www.juvenalpresidente.com.mx, que incluye fotografias, videos, discursos y actualizaciones con lo que se demuestra la veracidad de mi dicho en el hecho número 2, lo anterior y de conformidad con el artículo 1194, 1198, 1205, 1238 del Código de Comercio.

II.- DOCUMENTAL PRIVADA.-
Consistente en disco compacto en formato DVD, que incluye, videos, discursos y spots, con lo que se demuestra la veracidad de mi dicho en el hecho número 2, lo anterior y de conformidad con el artículo 1194, 1198, 1205, 1238 del Código de Comercio.

III.- DOCUMENTAL PRIVADA.-
Consistente en pagina web www.juvenalpresidente.com.mx, que incluye fotografias, videos, discursos y actualizaciones, con lo que se demuestra la veracidad de mi dicho en el hecho número 2, lo anterior y de conformidad con el artículo1194, 1198, 1205, 1238 del Código de Comercio.

DERECHO:

La competencia de este Tribunal se encuentra establecida por el artículo 53 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en concordancia con lo establecido en el artículo 104 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sometiendome en consecuencia al fuero federal.

El procedimiento se regula por lo establecido en el artículo 1063, 1068, 1069, 1050, 1051, 1054, 1056, 1061, 1063, 1151, 1152, 1553, 1554, 1162, 1163, 1164, del Código de Comercio.

Por lo expuesto y fundado a USTED C. JUEZ atentamente pido se sirva:

PRIMERO.-
Tenerme por presentada con este escrito, promoviendo medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, para los efectos que se indican.

SEGUNDO.-
Señalar día y hora para recibir la declaración bajo protesta del presunto demandado, bajo los apercibimientos señalados en el artículo 1164 del Código de Comercio.

TERCERO.-
Nombro como Asesor Jurídico al Lic. JUAN JORGE OLVERA REYES, y autorizo para tener acceso al expediente para su consulta y toma de apuntes en los términos del artículo 1067 del Código de Comercio a los CC P.D. Rodolfo Almaguer Ramírez, Arianna Liliana Meza del Angel, Silvia Cruz, Enoch González González, Milton Moctezuma Vega, Carlos Riestra Rodríguez, Jesús del Angel Castillo, indistintamente.

EN CUANTO A DERECHO PROCEDA

TAMPICO TAMAULIPAS 24 DE AGOSTO DE 2005

Firma
VICTOR MANUEL RAMOS PEREZ

Firma
LIC. JUAN JORGE OLVERA REYES Asesor Jurídico

 
           

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